Julián González, acusado de asesinar a Francisca Cadenas en Hornachos (Badajoz), deberá entregar una muestra de ADN bajo orden judicial. La UCO solicitó la prueba tras su negativa inicial. El juez la autorizó por ser idónea, necesaria y proporcional. Los restos de la víctima fueron hallados en marzo de 2026, nueve años después de su desaparición.
¿Por qué se impuso una toma forzosa de ADN?
La negativa de Julián González a colaborar con la investigación activó un mecanismo legal excepcional. El juzgado de Instrucción 1 de Villafranca de los Barros valoró que la prueba genética era indispensable para vincularlo con los objetos hallados en la escena del crimen. Sin ella, no era posible confirmar su participación directa en la ocultación o en el homicidio.
La urgencia probatoria
La inspección técnico ocular ya había identificado restos óseos y objetos contaminados con posibles trazas biológicas. Sin el perfil genético del acusado, no se podía establecer coincidencia con muestras encontradas en el patio de la vivienda. El juez subrayó que no existía otra vía legal viable para obtener esa información.
¿Qué dice la ley sobre la extracción forzosa de ADN?
El Código de Procedimiento Penal permite la toma coercitiva de muestras biológicas cuando concurren tres condiciones: gravedad del delito, necesidad probatoria y ausencia de alternativas menos lesivas. El asesinato calificado y la desaparición forzada cumplen el primer requisito. La segunda condición se acreditó con la solicitud de la UCO y el informe de la abogada Verónica Guerrero, representante de la familia.
El marco jurisprudencial
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado en múltiples sentencias que la integridad física cede ante la necesidad de esclarecer delitos graves. La extracción de saliva no implica riesgo para la salud. Por eso, el juez consideró que la medida respetaba el principio de proporcionalidad.
¿Qué impacto tiene esta decisión en la investigación?
La obtención del perfil genético permitirá comparar el ADN de Julián González con restos óseos, ropa, herramientas y superficies del patio donde fueron hallados los huesos. Esto puede confirmar su presencia en el lugar durante la ocultación o incluso durante el acto homicida. También podría descartar o vincular a terceros.
La dimensión económica del caso
El caso ha generado costes judiciales y operativos superiores a los 300.000 euros. Incluyen peritajes forenses, excavaciones, análisis de suelo y desplazamientos de la UCO. La toma forzosa evita una posible nulidad procesal que hubiera obligado a repetir pruebas y retrasar la sentencia.
¿Cómo se relaciona con la justicia restaurativa?
La familia de Francisca Cadenas lleva nueve años sin respuestas. La obtención del ADN no solo sirve para condenar, sino para cerrar ciclos. La abogada Verónica Guerrero destacó que la prueba es un paso hacia la verdad material, no solo hacia la sanción. Esto refuerza la confianza ciudadana en la efectividad del sistema.
Datos Clave
- La orden judicial se emitió el 5 de mayo de 2026, tras solicitud de la UCO y aval de la Fiscalía.
- Julián González se negó voluntariamente; su hermano Manuel sí aportó saliva de forma libre.
- Los restos de Francisca Cadenas fueron hallados el 11 de marzo de 2026, enterrados bajo el patio de los acusados.
- El juzgado valoró que el ADN no podía obtenerse por otros medios legales y que la prueba era imprescindible.
- La toma forzosa se limitó a una muestra de saliva: no requirió ingreso hospitalario ni intervención quirúrgica.
La decisión marca un precedente en casos de larga duración y ocultación deliberada. Refleja cómo la tecnología forense, el marco legal procesal y la presión social por justicia se entrelazan en la práctica judicial actual. En delitos de esta gravedad, la negativa a colaborar no impide la investigación: la ley prevé mecanismos para garantizar su continuidad.
