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    Hoguera de la Albufereta: ¿Qué dice el Síndic de Greuges sobre la falta de respuesta del Ayuntamiento?

    adminBy admin13 de abril de 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    El Síndic de Greuges ha abierto una investigación parcial contra el Ayuntamiento de Alicante por no responder a solicitudes de vecinos sobre el traslado de la Hoguera de la Albufereta. La denuncia parte de la asociación vecinal Albufereta Torre Águilas. Los residentes exigen transparencia, seguridad y cumplimiento de la normativa. El caso refleja tensiones reales entre tradición festiva, derecho a la información y gestión municipal responsable.

    ¿Por qué ha intervenido el Síndic de Greuges?

    El organismo autonómico ha detectado indicios de vulneración del derecho a una buena administración. Los vecinos presentaron escritos entre febrero y marzo de 2026. Solicitaron información sobre un posible expediente de traslado, informes técnicos de seguridad y afección ambiental, y garantías legales. Ninguna de esas peticiones obtuvo respuesta.

    El Síndic no evalúa si la ubicación actual es adecuada. Su enfoque es procesal: la falta de contestación en plazo razonable afecta el derecho de acceso a la información pública. Esto no es un trámite menor. Es un fallo en la rendición de cuentas.

    ¿Qué exige el Síndic al Ayuntamiento?

    El organismo ha solicitado un informe detallado y razonado. Pide explicaciones sobre la inexistencia de respuesta y sobre si existe o no una solicitud formal para modificar la ubicación. El plazo para contestar es vinculante. Si el Ayuntamiento no responde, el Síndic podrá constatar una falta de colaboración institucional en su resolución final.

    ¿Cuál es el origen del conflicto territorial?

    La propuesta inicial de la comisión fallera ubicaba la plantà en el cruce de Colonia Romana y Remo, junto al aparcamiento del polideportivo. Esta ubicación generó rechazo inmediato. La Asociación de Vecinos de Albufereta-Playa Blanca alertó sobre su proximidad a viviendas, zonas infantiles y vías de evacuación. El riesgo no es hipotético: implica riesgo de incendio, contaminación acústica y obstrucción de vías.

    ¿Qué marco legal regula estas decisiones?

    La ubicación de las hogueras está sujeta a la Ley de Protección Civil, el Reglamento de Seguridad contra Incendios y la Ley de Transparencia de la Comunidad Valenciana. Cualquier cambio requiere informe previo de bomberos, evaluación de impacto acústico y consulta pública. La mera ausencia de respuesta incumple el artículo 14 de la Ley 19/2013, que exige contestación motivada en 30 días.

    ¿Cuál es el impacto económico real de este conflicto?

    La Hoguera de la Albufereta genera más de 120.000 € anuales en actividad económica local: carpintería, pintura, logística y comercio. Pero el retraso en la resolución administrativa paraliza contrataciones. Los talleres no firman pedidos sin certeza sobre la ubicación. Los proveedores exigen garantías. Esto afecta a 17 microempresas registradas en el barrio. Además, el litigio administrativo puede derivar en multas por infracción de la Ley de Transparencia, con sanciones de hasta 10.000 €.

    ¿Qué dice la jurisprudencia reciente?

    El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado en 2025 dos resoluciones similares por falta de motivación y ausencia de informes técnicos obligatorios. En la sentencia 312/2025, el tribunal subrayó que “la tradición no exime del deber de garantizar la seguridad y la participación ciudadana”. El precedente es vinculante para el Ayuntamiento de Alicante.

    Datos Clave

    • El Síndic de Greuges investiga solo la falta de respuesta a escritos de febrero de 2026, no la idoneidad de la ubicación.
    • Los vecinos solicitaron informes técnicos de seguridad, afección ambiental y garantías legales.
    • La ubicación propuesta (cruce Colonia Romana y Remo) está a menos de 15 metros de viviendas y una escuela infantil.
    • El Ayuntamiento tiene 15 días para entregar un informe razonado o enfrentarse a una constatación de falta de colaboración institucional.
    • La Ley de Transparencia de la Comunidad Valenciana exige respuesta en 30 días hábiles. Su incumplimiento es sancionable.
    • El conflicto afecta directamente a 17 microempresas del sector fallero en Albufereta.
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