Germán Pascual es el vicesecretario del Ayuntamiento de Alicante, figura clave en la gestión municipal desde hace 18 años. Su rol acumula funciones de secretario general de forma extraordinaria, sin que ningún alcalde haya convocado oficialmente el puesto. Su informe sobre el caso Les Naus desató debate jurídico, político y ético. Su influencia trasciende lo administrativo: marca líneas rojas en plenos, condiciona decisiones fiscales y define límites legales a la oposición. Todo sin elección ni concurso público.
¿Por qué un cargo sin convocatoria oficial lleva 18 años en funciones?
El puesto de secretario general del Ayuntamiento de Alicante no ha sido objeto de concurso ni convocatoria desde 2008. Cinco alcaldes han pasado por el Consistorio sin cumplir con la obligación legal de ofertarlo. En su lugar, se ha mantenido una acumulación de funciones en Germán Pascual como vicesecretario.
Esta situación no es meramente administrativa. Refleja una desviación del principio de mérito y capacidad exigido por la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público. El vacío institucional permite una continuidad técnica que evita cambios de criterio, pero también escapa a la rendición de cuentas democrática.
¿Qué dice la ley sobre la acumulación de cargos?
La Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público prohíbe acumulaciones que afecten la imparcialidad o la independencia funcional. El Tribunal Supremo ha señalado que la prolongación indefinida de funciones extraordinarias puede vulnerar el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública.
¿Qué peso tienen sus informes en la toma de decisiones políticas?
Los dictámenes de Germán Pascual no son meros asesoramientos. Han servido como base para sanciones, denuncias y cambios reglamentarios. En el caso Les Naus, su informe descartó participación de tres cargos municipales en trámites de viviendas protegidas. Aun así, el gobierno presentó denuncia ante la Fiscalía.
Esto revela una tensión estructural: el informe técnico no vincula jurídicamente al alcalde, pero sí legitima políticamente sus decisiones. Su palabra actúa como filtro de legalidad previa, aunque no tenga competencia sancionadora.
¿Qué otros informes han generado polémica?
- Sobre la nueva tasa de basura: afirmó que los concejales opositores que se negaran a aprobarla podrían incurrir en responsabilidad patrimonial.
- Sobre baja médica: sostuvo que los ediles en situación de incapacidad temporal no pueden votar en pleno, posición rechazada por el TSJ de la Comunidad Valenciana.
- Sobre la comisión de investigación de Les Naus: declaró que carece de competencia para citar a cargos y que sus actuaciones podrían vulnerar derechos fundamentales.
¿Cómo afecta su rol al equilibrio institucional del Ayuntamiento?
La concentración de funciones en una sola persona desdibuja las fronteras entre lo técnico y lo político. El vicesecretario actúa como garante de la legalidad, pero también como intérprete de la voluntad ejecutiva. Esto erosiona la independencia del cuerpo de secretarios, diseñado como contrapeso institucional.
Económicamente, su permanencia evita gastos de selección y formación, pero también frena la renovación de perfiles con experiencia en transparencia, datos abiertos o gestión digital. Su influencia se extiende a contratos, licitaciones y control interno: áreas clave para la lucha contra la corrupción.
¿Qué dice el marco legal sobre la duración de funciones extraordinarias?
El Real Decreto 137/2019 establece que las acumulaciones temporales no deben superar los 12 meses consecutivos. La práctica alicantina supera esa duración en más de 14 veces. El Tribunal de Cuentas ha advertido en informes previos que esta práctica puede generar riesgos de control interno deficiente.
Datos Clave
- El puesto de secretario general no se ha convocado en 18 años, pese a ser obligatorio por ley.
- Germán Pascual acumula funciones de vicesecretario y secretario general de forma extraordinaria.
- Sus informes han servido como base para denuncias penales, sanciones internas y cambios reglamentarios.
- El TSJ de la Comunidad Valenciana ha anulado al menos una de sus interpretaciones sobre derechos de los concejales.
- La duración de su acumulación supera en 14 veces el límite máximo de 12 meses establecido por el Real Decreto 137/2019.
La figura de Germán Pascual no es un caso aislado. Es un espejo de cómo la burocracia local puede convertirse en un eje de poder silencioso. Su permanencia sin renovación democrática o técnica cuestiona la salud institucional del Ayuntamiento. No se trata solo de un funcionario competente: se trata de un sistema que normaliza la excepción como regla.
